Título V. De los residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional — Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículos 153 a 175
El Título V regula a los residentes en el extranjero que obtienen ingresos de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional y no tienen establecimiento permanente en el país, o que teniéndolo esos ingresos no le son atribuibles. El impuesto se cobra por retención y el título recorre, ingreso por ingreso, cuándo se considera que la fuente está en México y qué tasa aplica: salarios, honorarios, arrendamiento, enajenación de bienes e inmuebles, intereses, regalías, dividendos y premios, entre otros.