Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 170, LISRVigentetexto vigente desde 2014-01-01

Artículo 170 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 170 de la LISR fija en 25% el impuesto sobre el ingreso total, sin deducción alguna, que obtienen los residentes en el extranjero por actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos realizados en el país. Retiene el pagador residente o con establecimiento permanente; en los demás casos el contribuyente entera el impuesto al día siguiente de obtener el ingreso. Con representante en el país puede optarse por gravar el ingreso menos las deducciones autorizadas con la tasa máxima del artículo 152.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 208 · verificado contra el DOF
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