Título III. Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos — Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículos 79 a 89
El Título III regula a las personas morales con fines no lucrativos: asociaciones y sociedades civiles, instituciones de asistencia, sindicatos, cámaras, colegios de profesionistas y sociedades de gestión colectiva, entre otras. La regla general es que no son contribuyentes del impuesto sobre la renta (art. 79); a cambio, sus integrantes acumulan el remanente distribuible que se les entregue. El título fija también los requisitos de las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles y las obligaciones de información y transparencia que deben cumplir.