Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 167, LISRVigentetexto vigente desde 2019-12-09

Artículo 167 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 167 de la LISR grava los pagos a residentes en el extranjero por regalías, asistencia técnica o publicidad cuando los bienes o derechos se aprovechan en México o el pago proviene de un residente en el país. El impuesto se calcula sobre el ingreso sin deducción alguna: 1% para aviones, 5% para carros de ferrocarril, contenedores y embarcaciones, 25% para las demás regalías y la asistencia técnica, y la tasa máxima del artículo 152 para patentes, marcas y publicidad. Quien paga debe retenerlo.

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-12-09DOF 09-12-2019

Fracción reformada DOF 09-12-2019

Afecta: fracción I

2019-12-09DOF 09-12-2019

Fracción adicionada DOF 09-12-2019

Afecta: fracción III

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 207 · verificado contra el DOF
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