Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 94, LISRVigentetexto vigente desde 2022-01-01

Artículo 94 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 94 de la LISR define qué son ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado —el salario y las demás prestaciones de la relación laboral, incluidos el reparto de utilidades y los pagos por terminación— y enumera los conceptos que se le asimilan, como los honorarios a consejeros y administradores o los de quien presta servicios preponderantemente a un solo prestatario en sus instalaciones. La asimilación importa porque arrastra el régimen de retención del capítulo.

Trazabilidad

Historial de reformas

2022-01-01En vigor 01-01-2022 — Decreto DOF 12-11-2021

Reforma que modificó el texto de este artículo, publicada en el DOF el 12-11-2021 y en vigor desde el 01-01-2022 conforme a los artículos transitorios del decreto.

2021-11-12DOF 12-11-2021

Párrafo adicionado DOF 08-12-2020. Reformado DOF 12-11-2021

Afecta: párrafo 7

2020-12-08DOF 08-12-2020

Párrafo adicionado DOF 08-12-2020. Reformado DOF 12-11-2021

Afecta: párrafo 7

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 127 · verificado contra el DOF
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