Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 36, LISRVigentetexto vigente desde 2017-01-01

Artículo 36 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 36 de la LISR fija las reglas a las que se sujeta la deducción de las inversiones. Distingue la mejora que sí se capitaliza del gasto de conservación y mantenimiento, que en ningún caso es inversión, y topa lo deducible en automóviles a 175,000 pesos —250,000 si son eléctricos o híbridos— y en aviones a 8.6 millones. El reglamento y varias fichas del Anexo desarrollan estos límites.

Trazabilidad

Historial de reformas

2017-01-01En vigor 01-01-2017 — Decreto DOF 30-11-2016

Reforma que modificó el texto de este artículo, publicada en el DOF el 30-11-2016 y en vigor desde el 01-01-2017 conforme a los artículos transitorios del decreto.

2016-11-30Decreto DOF 30-11-2016

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción II, primer párrafo».

2015-11-18DOF 18-11-2015

Párrafo reformado DOF 18-11-2015, 30-11-2016

Afecta: fracción II

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 62 · verificado contra el DOF
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