Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 207, LISRVigentetexto vigente desde 2021-11-12

Artículo 207 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 207 de la LISR define cuándo se acumulan los ingresos regulados en ese capítulo: hasta que son efectivamente percibidos, ya sea en efectivo, bienes o servicios, incluidos anticipos y depósitos, y tratándose de cheques, en la fecha de su cobro o de su transmisión a un tercero. En la enajenación de bienes que se exportan el ingreso se acumula al percibirse y, si el cobro no ocurre dentro de los doce meses siguientes a la exportación, al término de ese plazo.

Reformado DOF 12-11-2021

Trazabilidad

Historial de reformas

2021-11-12DOF 12-11-2021

Artículo adicionado DOF 12-11-2021

Afecta: párrafo 6

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 250 · verificado contra el DOF
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