Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 74-B, LISRVigentetexto vigente desde 2019-12-09

Artículo 74-B — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 74-B de la LISR regula a las personas morales de derecho agrario integradas por ejidatarios o comuneros que obtienen al menos el 80% de sus ingresos por industrializar y comercializar productos agrícolas, ganaderos, silvícolas o pesqueros. Si sus ingresos del ejercicio anterior no excedieron de cinco millones de pesos, cumplen sus obligaciones bajo el régimen de actividades empresariales de personas físicas y reducen en 30% el impuesto determinado; el excedente de ese monto pierde la reducción.

Reformado DOF 09-12-2019

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-12-09DOF 09-12-2019

Artículo adicionado DOF 09-12-2019

Afecta: párrafo 5

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 90 · verificado contra el DOF
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