Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 183-Bis, LISRVigentetexto vigente desde 2021-11-12

Artículo 183-Bis — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 183-Bis de la LISR fija las obligaciones de las empresas con programa de maquila bajo la modalidad de albergue: identificar las operaciones y la utilidad fiscal atribuible a cada residente en el extranjero para enterar el impuesto que resulte. Son responsables solidarias de ese entero y, si el incumplimiento no se aclara en un plazo de 30 días naturales, procede la suspensión del Padrón de Importadores y el residente en el extranjero se considera con establecimiento permanente.

Trazabilidad

Historial de reformas

2021-11-12DOF 12-11-2021

Párrafo reformado DOF 12-11-2021

Afecta: fracción I

2019-12-09DOF 09-12-2019

Artículo adicionado DOF 09-12-2019

Afecta: párrafo 5

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Disposiciones relacionadas

Este artículo cita a 7 disposiciones
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 230 · verificado contra el DOF
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