Código Fiscal de la Federación · última reforma DOF 2026-04-09 · sin cambios, verificado al 2026-09-13Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 134, CFFVigentetexto vigente desde 2020-01-01

Artículo 134 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 134 del CFF regula las formas de notificar los actos administrativos: por buzón tributario, personalmente o correo certificado para actos recurribles; por correo ordinario o telegrama para los demás; por estrados cuando el contribuyente no sea localizable o se oponga; y por edictos si falleció sin representante conocido de la sucesión. En la notificación electrónica se envía un aviso conforme al artículo 17-K y el contribuyente tiene tres días para abrir el documento; si no lo abre, se notifica al cuarto día.

Trazabilidad

Historial de reformas

2020-01-01En vigor 01-01-2020 — Decreto DOF 09-12-2019

Reforma que modificó el texto de este artículo, publicada en el DOF el 09-12-2019 y en vigor desde el 01-01-2020 conforme a los artículos transitorios del decreto.

2019-12-09Decreto DOF 09-12-2019

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción I, primer y quinto párrafos».

2013-12-09Decreto DOF 09-12-2013

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción I».

2006-12-27Decreto DOF 27-12-2006

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción I, segundo párrafo».

2006-06-28Decreto DOF 28-06-2006

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracciones I, III y IV».

2004-01-05Decreto DOF 05-01-2004

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción I, primer párrafo».

1997-12-29Decreto DOF 29-12-1997

Párrafo adicionado — el decreto señala: «con un último párrafo».

1995-12-15Decreto DOF 15-12-1995

Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción III; fracción V; fracción I; primer párrafo».

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Disposiciones relacionadas

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 203 · verificado contra el DOF
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