Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-31Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 38, CFFVigentetexto vigente desde 2021-11-12 · verificado contra la fuente el 2026-07-31

Artículo 38 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-31

El artículo 38 del CFF establece los requisitos mínimos que deben satisfacer los actos administrativos que la autoridad fiscal deba notificar, exigiendo que consten por escrito en documento impreso o digital, señalen la autoridad emisora, indiquen lugar y fecha de emisión, estén fundados y motivados expresando la resolución, objeto o propósito perseguido, ostenten la firma del funcionario competente y precisen el nombre de la persona destinataria o, en su defecto, los datos suficientes para identificarla. Cuando el acto conste en documento digital y deba notificarse personalmente o por buzón tributario, deberá transmitirse codificado y contener la firma electrónica avanzada del funcionario, la cual surte los mismos efectos que la firma autógrafa; tratándose de documentos impresos, se admite que el funcionario plasme un sello en caracteres generado con su firma electrónica avanzada amparada por un certificado vigente, produciendo idéntico valor probatorio y permitiendo que el SAT verifique integridad y autoría por los medios que establezca. Si la resolución determina responsabilidad solidaria, deberá señalar además la causa legal que la origina, y los funcionarios de la SHCP y del SAT podrán usar su firma electrónica avanzada en cualquier documento emitido en ejercicio de sus atribuciones.

Trazabilidad

Historial de reformas

2021-11-12DOF 12-11-2021

Párrafo reformado DOF 12-11-2021

Afecta: párrafo 5

2021-11-12DOF 12-11-2021

Reforma DOF 12-11-2021: Derogó del artículo el entonces párrafo sexto

Afecta: párrafo 7

2019-12-09Edición oficial del 09-12-2019

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2013-12-09Edición oficial del 09-12-2013

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 83 · verificado contra el DOF
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