Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 66, LISRVigentetexto vigente desde 2014-01-01

Artículo 66 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 66 de la LISR delimita cuándo surte efectos la autorización del régimen opcional para grupos de sociedades: desde el ejercicio siguiente a aquél en que se otorga, y quienes después califiquen como integradas se incorporan al ejercicio posterior. La integradora avisa dentro de los quince días siguientes a adquirir más del 80% de las acciones con derecho a voto; no incorporar a una sociedad obliga al grupo a dejar la opción y enterar el impuesto diferido con recargos.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 80 · verificado contra el DOF
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