Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 41, LISRVigentetexto vigente desde 2014-01-01

Artículo 41 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 41 de la LISR faculta a los contribuyentes a elegir entre cuatro métodos de valuación de inventarios —PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista— y los obliga a conservar el método elegido durante un periodo mínimo de cinco ejercicios. Quien enajene mercancías identificables por número de serie cuyo costo exceda de $50,000.00 únicamente puede emplear el costo identificado; si un cambio de método genera una deducción, ésta se disminuye de manera proporcional en los cinco ejercicios siguientes.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 66 · verificado contra el DOF
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