Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 4-B, LISRVigentetexto vigente desde 2019-12-09

Artículo 4-B — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 4-B de la LISR grava a los residentes en México, y a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente, por los ingresos que obtengan a través de entidades extranjeras transparentes fiscales y figuras jurídicas extranjeras, en proporción a su participación. Esos ingresos se consideran generados directamente por el contribuyente, y los impuestos que la entidad pagó, pagados por él. Exige llevar una cuenta por cada entidad o figura, conforme al artículo 177, para no duplicar la acumulación cuando se distribuya el dividendo.

Reformado DOF 09-12-2019

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-12-09DOF 09-12-2019

Artículo adicionado DOF 09-12-2019

Afecta: párrafo 10

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 5 · verificado contra el DOF
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