Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 16, LISRVigentetexto vigente desde 2016-11-30

Artículo 16 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 16 de la LISR define la base de acumulación de las personas morales residentes en el país —incluida la asociación en participación—, que deben sumar todos sus ingresos del ejercicio, en efectivo, bienes, servicios o crédito, incluidos los de sus establecimientos en el extranjero. Quedan fuera las partidas que sólo reflejan movimientos de capital, como aumentos de capital o revaluación de activos, y los dividendos percibidos de otras personas morales residentes en México.

Trazabilidad

Historial de reformas

2016-11-30DOF 30-11-2016

Párrafo adicionado DOF 30-11-2016

Afecta: párrafo 3 · párrafo 4

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 20 · verificado contra el DOF
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