Ley del Impuesto sobre la Renta · última reforma DOF 2024-04-01Fuentes oficialesMonitor de constanciasAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 134, LISRVigentetexto vigente desde 2014-01-01

Artículo 134 — Ley del Impuesto sobre la Renta

Resumen explicado · según el análisis de FISC

El artículo 134 de la LISR obliga a las personas físicas a acumular los intereses reales percibidos en el ejercicio, entendidos como el monto en que los intereses exceden el ajuste por inflación calculado sobre el saldo promedio diario de la inversión. Si el ajuste supera a los intereses, el resultado es una pérdida que puede disminuirse de otros ingresos del ejercicio —salvo los de los Capítulos I y II de ese Título— y, en lo no aplicado, durante los cinco ejercicios siguientes.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-11Nueva Ley DOF 11-12-2013

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 165 · verificado contra el DOF
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