Artículo 31-A — Código Fiscal de la Federación
El artículo 31-A del CFF obliga a los contribuyentes a presentar, con base en su contabilidad, información sobre operaciones relevantes como las financieras, con partes relacionadas, reorganizaciones, financiamientos, pérdidas y dividendos. Se presenta trimestralmente en los medios que fije el SAT, dentro de los sesenta días siguientes al cierre del trimestre; si es incompleta o errónea, hay treinta días para corregirla o se tiene por incumplida.
Los contribuyentes deberán presentar, con base en su contabilidad, la información de las siguientes operaciones:
La información a que se refiere este artículo deberá presentarse trimestralmente a través de los medios y formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que concluya el trimestre de que se trate.
Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contado a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada.
Se considerará incumplida la obligación fiscal señalada en el presente artículo, cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o ésta se presente con errores.
Historial de reformas
Inciso reformado DOF 12-11-2021
Afecta: inciso d)
Párrafo reformado — el decreto señala: «primer párrafo».
Artículo adicionado por decreto publicado en el DOF.