Capítulo VI. De la exportación de bienes o servicios — Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículos 29 a 31
Tres artículos bastan para el lado exportador. El 29 permite a las empresas residentes en el país calcular el impuesto aplicando la tasa del 0% cuando enajenan bienes o prestan servicios que se exportan, y enumera los supuestos que cuentan como exportación. El 30 extiende esa tasa y el acreditamiento a los casos previstos en los artículos 9 y 15, y el 31 regula la devolución del impuesto a los turistas extranjeros que retornan por vía aérea o marítima.