Artículo 85 — Código Fiscal de la Federación
El artículo 85 del CFF tipifica las infracciones al ejercicio de las facultades de comprobación, como oponerse a la visita domiciliaria, no suministrar la contabilidad, datos o informes requeridos, divulgar información confidencial de terceros o declarar falsamente el cumplimiento del artículo 70-A. Las sanciones se fijan en el artículo 86.
Son infracciones relacionadas con el ejercicio de la facultad de comprobación las siguientes:
Reformado · edición oficial del 01-01-2014Historial de reformas
Reforma que modificó el texto de este artículo, publicada en el DOF el 09-12-2013 y en vigor desde el 01-01-2014 conforme a los artículos transitorios del decreto.
Párrafo reformado — el decreto señala: «fracción I».
Párrafo adicionado — el decreto señala: «con una fracción V».
Párrafo adicionado — el decreto señala: «con una fracción IV».
Texto original.