Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-08-02Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 70, CFFVigentetexto vigente desde 2013-12-09 · verificado contra la fuente el 2026-08-02

Artículo 70 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-08-02

El artículo 70 del CFF establece las reglas generales para la aplicación de las multas por infracciones a las disposiciones fiscales, precisando que su imposición procede con independencia de que se exija el pago de las contribuciones omitidas y sus demás accesorios, así como de las penas que las autoridades judiciales impongan cuando se incurra en responsabilidad penal. Regula que, si las multas no se cubren en la fecha prevista, su monto se actualizará desde el mes en que debió realizarse el pago y hasta que éste se efectúe, en los términos del artículo 17-A de este Código, y que las cantidades resultantes se ajustarán conforme al décimo párrafo del artículo 20 de este Código. Contempla, además, una reducción del 50% para los contribuyentes que tributen bajo el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, salvo que el precepto respectivo señale expresamente una multa menor, y ordena aplicar, cuando la sanción se modifique por reforma posterior, la multa que resulte menor entre la vigente al cometerse la infracción y la vigente al momento de su imposición. Las multas y cantidades en moneda nacional previstas en la Ley Aduanera se actualizan conforme al mismo artículo 17-A de este Código.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-09Edición oficial del 09-12-2013

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2011-12-12Edición oficial del 12-12-2011

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2009-12-07Edición oficial del 07-12-2009

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2007-02-03Edición oficial del 03-02-2007

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 141 · verificado contra el DOF
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