Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-27Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 17-A, CFFVigentetexto vigente desde 2011-12-12 · verificado contra la fuente el 2026-07-27

Artículo 17-A — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-27

El artículo 17-A del CFF regula la actualización por inflación de contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del fisco federal. El factor se obtiene dividiendo el INPC del mes anterior al más reciente del periodo entre el del mes anterior al más antiguo; no se actualiza por fracciones de mes y, si el resultado es menor a 1, se aplica el factor 1. Las cantidades actualizadas conservan su naturaleza jurídica y la actualización no es deducible ni acreditable. Las cantidades del propio Código se actualizan cuando la inflación acumulada excede el 10%, y el SAT publica los factores y montos en el Diario Oficial de la Federación. Es la mecánica transversal del sistema: los artículos 22, 23 y 141-A del Código remiten a él, 13 reglas de la RMF lo aplican —de honorarios por notificación a cuotas de derechos— y el criterio 7/CFF/N lo interpreta.

Trazabilidad

Historial de reformas

2011-12-12Edición oficial del 12-12-2011

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2009-12-07Edición oficial del 07-12-2009

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

Interlinkado

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15 disposiciones citan este artículo
Art. 141-A, CFFcita este artículo
Art. 22, CFFcita este artículo
Art. 23, CFFcita este artículo
Art. 25-A, CFFcita este artículo
Art. 32-A, CFFcita este artículoArt. 32-H, CFFcita este artículo

Mostrando 6 de 15 disposiciones que citan este artículo.

Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 16 · verificado contra el DOF
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