Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-27Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 66-A, CFFVigentetexto vigente desde 2025-11-07 · verificado contra la fuente el 2026-07-27

Artículo 66-A — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-27

El artículo 66-A del CFF detalla la mecánica del pago a plazos autorizado conforme al artículo 66. Las parcialidades son iguales, mensuales y sucesivas, calculadas sobre el saldo restante tras el pago inicial del 20% con la tasa de recargos por prórroga de la Ley de Ingresos; para el pago diferido fija el monto a liquidar en una sola exhibición. La autoridad exige garantía del interés fiscal por el 80% del adeudo, dispensable conforme a reglas del SAT. La autorización se revoca por incumplir tres parcialidades o la última, por concurso mercantil o quiebra, o por garantía insuficiente, y no procede para contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas. Comparte con el artículo 66 un ecosistema de 14 reglas de la RMF —entre ellas la 2.11.5, sobre la dispensa de garantizar el interés fiscal— y fichas como la 55/CFF para solicitar el pago en parcialidades o diferido.

Trazabilidad

Historial de reformas

2025-11-07DOF 07-11-2025

Inciso derogado DOF 07-11-2025

Afecta: fracción VI, inciso b)

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 129 · verificado contra el DOF
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