Artículo 15-A — Código Fiscal de la Federación
El artículo 15-A del CFF define la escisión de sociedades como la transmisión total o parcial de los activos, pasivos y capital social de una sociedad escindente a otras sociedades escindidas creadas para ello, con o sin extinción de la escindente.
Reformado DOF 12-11-2021
Se entiende por escisión de sociedades, la transmisión de la totalidad o parte de los activos, pasivos y capital social de una sociedad residente en el país, a la cual se le denominará escindente, a otra u otras sociedades residentes en el país que se crean expresamente para ello, denominadas escindidas. La escisión a que se refiere este artículo podrá realizarse en los siguientes términos:
Historial de reformas
Artículo reformado DOF 12-11-2021
Afecta: fracción II
Párrafo reformado — el decreto señala: «inciso b)».
Párrafo reformado — el decreto señala: «inciso b)».
Texto original.