Artículo 109 — Código Fiscal de la Federación
El artículo 109 del CFF equipara a la defraudación fiscal, sancionándolas con las mismas penas previstas en el artículo 108, diversas conductas que, sin encajar en la figura típica, lesionan de igual modo al fisco federal: consignar en las declaraciones presentadas para efectos fiscales deducciones falsas, ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos, o valores de actos o actividades inferiores a los efectivamente realizados o determinados conforme a las leyes; incurrir, tratándose de personas físicas, en discrepancia fiscal cuando las erogaciones del ejercicio superen los ingresos declarados y no se acredite su origen conforme al procedimiento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; omitir enterar dentro del plazo legal las contribuciones retenidas o recaudadas; beneficiarse sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal; simular actos o contratos para obtener un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal; omitir por más de doce meses la presentación de declaraciones definitivas o del ejercicio dejando de pagar la contribución correspondiente; y dar efectos fiscales a comprobantes digitales que no reúnan los requisitos de los artículos 29 y 29-A del propio Código. No se formulará querella si el contribuyente entera espontáneamente la contribución omitida o el beneficio indebido, con sus recargos, antes de que la autoridad descubra la omisión o medie requerimiento, orden de visita o gestión notificada tendiente a la comprobación del cumplimiento fiscal.
Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:
Reformado DOF 09-12-2013No se formulará querella, si quien encontrándose en los supuestos anteriores, entera espontáneamente, con sus recargos, el monto de la contribución omitida o del beneficio indebido antes de que la autoridad fiscal descubra la omisión o el perjuicio, o medie requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión notificada por la misma, tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Historial de reformas
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