Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-08-02Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 109, CFFVigentetexto vigente desde 2013-12-09 · verificado contra la fuente el 2026-08-02

Artículo 109 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-08-02

El artículo 109 del CFF equipara a la defraudación fiscal, sancionándolas con las mismas penas previstas en el artículo 108, diversas conductas que, sin encajar en la figura típica, lesionan de igual modo al fisco federal: consignar en las declaraciones presentadas para efectos fiscales deducciones falsas, ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos, o valores de actos o actividades inferiores a los efectivamente realizados o determinados conforme a las leyes; incurrir, tratándose de personas físicas, en discrepancia fiscal cuando las erogaciones del ejercicio superen los ingresos declarados y no se acredite su origen conforme al procedimiento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; omitir enterar dentro del plazo legal las contribuciones retenidas o recaudadas; beneficiarse sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal; simular actos o contratos para obtener un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal; omitir por más de doce meses la presentación de declaraciones definitivas o del ejercicio dejando de pagar la contribución correspondiente; y dar efectos fiscales a comprobantes digitales que no reúnan los requisitos de los artículos 29 y 29-A del propio Código. No se formulará querella si el contribuyente entera espontáneamente la contribución omitida o el beneficio indebido, con sus recargos, antes de que la autoridad descubra la omisión o medie requerimiento, orden de visita o gestión notificada tendiente a la comprobación del cumplimiento fiscal.

Trazabilidad

Historial de reformas

2013-12-09Edición oficial del 09-12-2013

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2011-12-12Edición oficial del 12-12-2011

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

2009-12-07Edición oficial del 07-12-2009

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 187 · verificado contra el DOF
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