Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-31Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 34, CFFVigentetexto vigente desde 2006-12-27 · verificado contra la fuente el 2026-07-31

Artículo 34 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-31

El artículo 34 del CFF regula las consultas que los particulares formulan a las autoridades fiscales y establece que éstas sólo están obligadas a contestar aquellas referidas a situaciones reales y concretas planteadas individualmente por el interesado. La respuesta vincula a la autoridad —debe aplicar el criterio contenido en ella— siempre que la consulta exponga los antecedentes y circunstancias necesarias para pronunciarse, que esos hechos no se modifiquen después de presentada la consulta y que ésta se formule antes de que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación sobre esos mismos hechos. En cambio, la autoridad no queda vinculada cuando los términos de la consulta no coinciden con la realidad de los hechos o datos consultados, o cuando cambia la legislación aplicable; tampoco obligan las respuestas a hipótesis abstractas o carentes de sustento fáctico. Para el contribuyente, en cambio, la respuesta no es obligatoria: puede impugnar, por los medios de defensa aplicables, las resoluciones definitivas en las que la autoridad aplique el criterio contenido en ella. La autoridad debe contestar en un plazo de tres meses contados desde la presentación de la solicitud, y el SAT publica mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables, conforme al artículo 69 del CFF.

Trazabilidad

Historial de reformas

2006-12-27Edición oficial del 27-12-2006

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

Interlinkado

Disposiciones relacionadas

2 disposiciones citan este artículoEste artículo cita a 1 disposición
Art. 18-A, CFFcita este artículo
Art. 47, RCFFcita este artículo
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 81 · verificado contra el DOF
Citar

Artículo

Artículo completo
claro
oscuro
↑↓ elegir⏎ aplicaresc cerrar