Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-27Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 33-B, CFFVigentetexto vigente desde 2019-12-09 · verificado contra la fuente el 2026-07-27

Artículo 33-B — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-27

El artículo 33-B del CFF faculta al SAT para celebrar sorteos de lotería fiscal conforme a lineamientos precisos: cuando la participación se base en CFDI por enajenación de bienes, servicios o uso o goce de inmuebles, quedan excluidas las personas con actividades empresariales; los premios pagados por terceros por cuenta del Gobierno Federal son acreditables contra impuestos federales sin derecho a devolución, y las bases, fechas y requisitos se fijan mediante reglas de carácter general. Los premios no son ingresos acumulables para el ganador y los sorteos no causan IEPS; la Federación cubre a estados y municipios los impuestos locales sobre los premios mediante compensación de fondos. Lo desarrollan las reglas 2.17.1 y 2.17.2 de la RMF, sobre bases y medios de pago de los sorteos fiscales, y lo citan catorce fichas de trámite, varias ligadas al Sorteo El Buen Fin.

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-12-09Edición oficial del 09-12-2019

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Art. 69-B-Ter, CFFcita este artículo
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 80 · verificado contra el DOF
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