Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-27Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 33, CFFVigentetexto vigente desde 2021-11-12 · verificado contra la fuente el 2026-07-27

Artículo 33 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-27

El artículo 33 del CFF establece las obligaciones de asistencia de las autoridades fiscales hacia los contribuyentes: proporcionar orientación gratuita con lenguaje llano, mantener oficinas de auxilio, difundir formatos de declaración fáciles de llenar, dar a conocer derechos y medios de defensa, publicar las resoluciones de carácter general y los criterios no vinculativos, así como parámetros de referencia sobre utilidades y tasas efectivas por sector. Prevé programas de cumplimiento cooperativo, la figura de los síndicos del contribuyente, la generación del RFC a partir de la CURP y el envío de declaraciones prellenadas o comunicados sobre inconsistencias, sin que estas acciones se consideren inicio de facultades de comprobación. Lo citan los artículos 52, 89 y 90 del CFF, y lo desarrollan cuatro reglas de la RMF, como la 2.9.6, sobre las atribuciones de los síndicos.

Trazabilidad

Historial de reformas

2021-11-12DOF 12-11-2021

Inciso reformado DOF 12-11-2021

Afecta: fracción I, inciso c)

2021-11-12DOF 12-11-2021

Inciso adicionado DOF 12-11-2021

Afecta: fracción I, inciso j)

2020-12-08Reforma DOF 08-12-2020

Reforma que modificó el texto de este artículo.

2013-12-09Edición oficial del 09-12-2013

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

Interlinkado

Disposiciones relacionadas

4 disposiciones citan este artículo
Art. 52, CFFcita este artículo
Art. 89, CFFcita este artículo
Art. 90, CFFcita este artículo
Art. 42, RCFFcita este artículo
Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 77 · verificado contra el DOF
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