Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-07-27Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 199, CFFVigentetexto vigente desde 2019-12-09 · verificado contra la fuente el 2026-07-27

Artículo 199 — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-07-27

El artículo 199 del CFF define qué constituye un esquema reportable: cualquier plan, asesoría o recomendación que genere o pueda generar un beneficio fiscal en México y presente alguna de las catorce características que enumera, como evitar el intercambio de información fiscal, transmitir pérdidas fiscales a personas distintas de quienes las generaron, operaciones entre partes relacionadas con intangibles difíciles de valorar o evitar constituir un establecimiento permanente. Distingue entre esquemas generalizados —comercializados masivamente— y personalizados —adaptados a un contribuyente específico—; los trámites ante la autoridad y la defensa en controversias no son esquemas. El beneficio fiscal se determina conforme al quinto párrafo del artículo 5o-A. Dentro del Código lo citan los artículos 197 y 200, y lo desarrollan 22 reglas de la RMF —entre ellas las reglas 2.19.18 a 2.19.22, que detallan la descripción de cada supuesto— además del criterio normativo 2/CFF/PI sobre esquemas generalizados.

Trazabilidad

Historial de reformas

2019-12-09Edición oficial del 09-12-2019

Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 236 · verificado contra el DOF
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