Corpus fiscal federal · actualizado al 2026-08-02Fuentes oficialesAcerca de FISCMateria no fiscal → juri.mx
Art. 113-Bis, CFFVigentetexto vigente desde 2025-11-07 · verificado contra la fuente el 2026-08-02

Artículo 113-Bis — Código Fiscal de la Federación

Resumen explicado · según el análisis de FISC · verificado al 2026-08-02

El artículo 113 Bis del CFF tipifica como delito la compraventa de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados —el núcleo penal del régimen EFOS/EDOS—, e impone una pena de dos a nueve años de prisión a quien, por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera dichos comprobantes, así como a quien dé efectos fiscales a comprobantes fiscales falsos. La misma sanción se aplica a las plataformas de servicios digitales previstas en la Ley del IVA y a sus titulares que permitan la publicación de anuncios para la enajenación o adquisición de estos comprobantes, y a quien a sabiendas permita o publique dichos anuncios por cualquier medio. El delito se persigue con independencia del estado del procedimiento administrativo iniciado —típicamente el previsto en el artículo 69-B para los contribuyentes publicados definitivamente como EFOS en el Portal SAT—, requiere querella de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y puede perseguirse simultáneamente con el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita del artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Cuando el delito lo cometa un servidor público en ejercicio de sus funciones, además de la agravante del artículo 97 de este Código, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos.

Trazabilidad

Historial de reformas

2025-11-07DOF 07-11-2025

Párrafo adicionado DOF 07-11-2025

Afecta: párrafo 2 · párrafo 3 · párrafo 4

2025-11-07DOF 07-11-2025

Párrafo reformado DOF 07-11-2025

Afecta: párrafo 5

2019-11-08Reforma DOF 08-11-2019

Reforma que modificó el texto de este artículo.

1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981

Texto original.

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Texto oficial (Cámara de Diputados, PDF)Página 191 · verificado contra el DOF
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