Artículo 82-H — Código Fiscal de la Federación
A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 82-G de este Código, se le impondrán las siguientes sanciones:
I.De $10.00 a $20.00, a las establecidas en las fracciones I, y VI, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos.Reformado DOF 28-12-2025
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025
Reformado DOF 28-12-2025II.De $20.00 a $60.00, a las establecidas en las fracciones II, III, IV, y V, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos.Reformado DOF 28-12-2025
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025
Reformado DOF 28-12-2025Trazabilidad
Historial de reformas
2025-12-28Reforma DOF 28-12-2025
Reforma que modificó el texto de este artículo.
2024-01-27Edición oficial del 27-01-2024
Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
2021-11-12DOF 12-11-2021
Artículo adicionado DOF 12-11-2021
Afecta: párrafo 3
1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981
Texto original.
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Disposiciones relacionadas
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