Artículo 84-E — Código Fiscal de la Federación
Se considera infracción en la que pueden incurrir las empresas de factoraje financiero y las sociedades financieras de objeto múltiple en relación a las obligaciones a que se refieren el primero y segundo párrafos del Artículo 32-C de este Código, el no efectuar la notificación de la transmisión de créditos operada en virtud de un contrato de factoraje financiero, o el negarse a recibir dicha notificación.
ReformadoTrazabilidad
Historial de reformas
1981-12-31Nuevo Código DOF 31-12-1981
Texto original.
Interlinkado
Disposiciones relacionadas
1 disposición cita este artículoEste artículo cita a 1 disposición