# Artículo 8 — Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

- Cita: Art. 8, LIVA
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 2021-12-29
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx)
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/liva/articulo-8
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf#page=19 (página 19)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, el faltante de bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la presunción admite prueba en contrario.

No se considerará enajenación, la transmisión de propiedad que se realice por causa de muerte, así como la donación, salvo que ésta la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del impuesto sobre la renta.

Cuando la transferencia de propiedad no llegue a efectuarse, se tendrá derecho a la devolución del impuesto al valor agregado correspondiente, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en los párrafos primero y segundo del artículo [7o.](https://fisc.mx/ley/liva/articulo-7) de esta Ley. Cuando se hubiera retenido el impuesto en los términos de los artículos [1o.-A](https://fisc.mx/ley/liva/articulo-1-a), [3o.](https://fisc.mx/ley/liva/articulo-3), tercer párrafo y [18-J](https://fisc.mx/ley/liva/articulo-18-j), fracción II, inciso a) de esta Ley, no se tendrá derecho a la devolución del impuesto y se estará a lo dispuesto en el cuarto párrafo del citado artículo [7o.](https://fisc.mx/ley/liva/articulo-7) de esta Ley.

## Historial de reformas

- 2019-12-09 (Decreto DOF 09-12-2019): Párrafo reformado — el decreto señala: «último párrafo».
- 1998-12-31 (DOF 31-12-1998): Párrafo reformado DOF 31-12-1998, 09-12-2019 [afecta: párrafo 3]
- 1990-12-26 (DOF 26-12-1990): Párrafo reformado DOF 26-12-1990, 21-11-1991 [afecta: párrafo 2]
- 1981-12-31 (DOF 31-12-1981): Artículo reformado DOF 31-12-1981 [afecta: párrafo 3]
- 1978-12-29 (Nueva Ley DOF 29-12-1978): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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