# Artículo 81 — Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

- Cita: Art. 81, LISR
- Estado: vigente — texto vigente desde 2016-01-01
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx)
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-81
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf#page=108 (página 108)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo [86](https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-86) de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera. Para estos efectos, serán aplicables las disposiciones contenidas en dicho Título y la retención que en su caso se efectúe tendrá el carácter de pago definitivo.

Los Fondos de inversión de deuda y de renta variable a que se refiere el artículo [87](https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-87) de esta Ley no serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los señalados en el Capítulo VI del Título IV de la presente Ley y tanto éstos como sus integrantes o accionistas estarán a lo dispuesto en los artículos [87](https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-87), [88](https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-88) y [89](https://fisc.mx/ley/lisr/articulo-89) de la misma Ley.

## Historial de reformas

- 2016-01-01 (En vigor 01-01-2016 — Decreto DOF 18-11-2015): Reforma que modificó el texto de este artículo, publicada en el DOF el 18-11-2015 y en vigor desde el 01-01-2016 conforme a los artículos transitorios del decreto.
- 2015-11-18 (DOF 18-11-2015): Párrafo reformado DOF 18-11-2015 [afecta: párrafo 2]
- 2013-12-11 (Nueva Ley DOF 11-12-2013): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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