# Artículo 90 — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 90, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2026-01-30, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-90
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=175 (página 175)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Se sancionará con una multa de $79,130.00 a $124,380.00, a quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales a que se refiere el artículo [89](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-89) de este Código.

Multa del párrafo compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025

En los supuestos señalados en la fracción I del artículo citado, se considerará como agravante que la asesoría, el consejo o la prestación de servicios sea diversa a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos del inciso h) de la fracción I del artículo [33](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-33) de este Código. En este caso, la multa se aumentará de un 10% a un 20% del monto de la contribución omitida, sin que dicho aumento exceda del doble de los honorarios cobrados por la asesoría, el consejo o la prestación de servicios.

No se incurrirá en la agravante a que se refiere el párrafo anterior, cuando se manifieste en la opinión que se otorgue por escrito que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos del inciso h) de la fracción I del artículo [33](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-33) de este Código.

## Historial de reformas

- 2026-01-30 (Edición oficial del 30-01-2026): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2023-03-07 (Edición oficial del 07-03-2023): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2020-12-08 (Edición oficial del 08-12-2020): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2017-12-29 (Edición oficial del 29-12-2017): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2016-01-12 (Edición oficial del 12-01-2016): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2013-01-22 (Edición oficial del 22-01-2013): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2009-12-07 (Edición oficial del 07-12-2009): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2007-10-01 (Edición oficial del 01-10-2007): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02 (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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