# Artículo 86-D — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 86-D, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2024-01-27, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-d
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=172 (página 172)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo [86-C](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-c), se impondrá una multa de $3,850.00 a $11,540.00.

## Historial de reformas

- 2024-12-30 (DOF 30-12-2024): Multa del artículo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: párrafo 1]
- 2024-01-27 (Edición oficial del 27-01-2024): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2023-12-29 (DOF 29-12-2023): Multa del artículo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: párrafo 1]
- 2022-12-27 (DOF 27-12-2022): Multa del artículo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: párrafo 1]
- 2022-01-05 (DOF 05-01-2022): Multa del artículo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: párrafo 1]
- 2019-12-09 (Reforma DOF 09-12-2019): Reforma que modificó el texto de este artículo.
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02 (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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