# Artículo 86-B — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 86-B, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2026-01-30, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-b
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=171 (página 171)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo [86-A](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-a) de este Código, se impondrán las siguientes multas:

**I.** De $80.00 a $160.00, a la comprendida en la fracción I, por cada marbete o precinto no adherido, o bien, por cada marbete o precinto falso o alterado.

**II.** De $30.00 a $170.00, a la comprendida en la fracción II, por cada marbete o precinto usado indebidamente.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025

**III.** De $20.00 a $80.00, a la comprendida en la fracción III, por cada envase o recipiente que carezca de marbete o precinto, según se trate, o bien por cada marbete o precinto falso o alterado.

**IV.** De $30.00 a $160.00, a la comprendida en la fracción IV, por cada envase vacío no destruido.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025

**V.** De $630.00 a $960.00, por cada marbete o precinto que haya sido adquirido ilegalmente.

**VI.** De $22,490.00 a $56,230.00 a la comprendida en la fracción VIII, por cada ocasión que el Servicio de Administración Tributaria, en el ejercicio de sus facultades, detecte que no se realiza la lectura del código QR del marbete en presencia del consumidor final.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025

**VII.** De $56,230.00 a $112,450.00 a la comprendida en la fracción IX, por cada ocasión que el Servicio de Administración Tributaria, en el ejercicio de sus facultades, determine la conducta señalada en dicha fracción.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025

En caso de reincidencia, la sanción consistirá en la clausura del establecimiento del contribuyente o poseedor de los bienes a que se refiere el artículo [86-A](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-a), por un plazo de 3 a 15 días. Para determinar dicho plazo, las autoridades fiscales tomarán en consideración lo previsto por el artículo [75](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-75) de este Código.

El Servicio de Administración Tributaria podrá cancelar los folios de los marbetes, marbetes electrónicos o precintos entregados cuando el contribuyente cometa algunas de las infracciones previstas en las fracciones II, V, VI y VII del artículo [86-A](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-86-a) de este Código.

## Historial de reformas

- 2026-01-30 (Edición oficial del 30-01-2026): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2024-12-30 (DOF 30-12-2024): Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: fracción I, fracción III, fracción V]
- 2024-01-27 (Edición oficial del 27-01-2024): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2023-12-29 (DOF 29-12-2023): Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: fracción I, fracción III, fracción V]
- 2023-03-07 (Edición oficial del 07-03-2023): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2022-12-27 (DOF 27-12-2022): Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: fracción I, fracción III, fracción V]
- 2022-01-05 (DOF 05-01-2022): Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025 [afecta: fracción I, fracción III, fracción V]
- 2021-11-12 (DOF 12-11-2021): Fracción adicionada DOF 12-11-2021 [afecta: fracción VI, fracción VII, párrafo 7]
- 2020-12-08 (Reforma DOF 08-12-2020): Reforma que modificó el texto de este artículo.
- 2018-12-24 (Edición oficial del 24-12-2018): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2017-12-29 (Edición oficial del 29-12-2017): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2017-05-16 (Edición oficial del 16-05-2017): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2015-01-07 (Edición oficial del 07-01-2015): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2013-12-09 (Edición oficial del 09-12-2013): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2011-12-12 (Edición oficial del 12-12-2011): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2009-12-07 (Edición oficial del 07-12-2009): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2007-02-03 (Edición oficial del 03-02-2007): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02 (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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