# Artículo 82-H — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 82-H, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2025-12-28, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-82-h
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=162 (página 162)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo [82-G](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-82-g) de este Código, se le impondrán las siguientes sanciones:

**I.** De $10.00 a $20.00, a las establecidas en las fracciones I, y VI, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025

**II.** De $20.00 a $60.00, a las establecidas en las fracciones II, III, IV, y V, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos.

Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025

## Historial de reformas

- 2025-12-28 (Reforma DOF 28-12-2025): Reforma que modificó el texto de este artículo.
- 2024-01-27 (Edición oficial del 27-01-2024): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 2021-11-12 (DOF 12-11-2021): Artículo adicionado DOF 12-11-2021 [afecta: párrafo 3]
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC, verificado contra la fuente oficial el 2026-08-02 (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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