# Artículo 69-B-Ter — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 69-B-Ter, CFF
- Estado: vigente — texto sin cambios desde al menos 2019-12-09, verificado contra la fuente oficial el 2026-07-31
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx), verificado contra la fuente oficial el 2026-07-31
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-69-b-ter
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=139 (página 139)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Las autoridades fiscales podrán recibir y, en su caso, emplear la información y documentación que proporcionen terceros colaboradores fiscales, para substanciar el procedimiento previsto en el artículo [69-B](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-69-b) del presente Código, así como, para motivar las resoluciones de dicho procedimiento, en términos del artículo [63](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-63) de este Código.

Se considera tercero colaborador fiscal a aquella persona que no ha participado en la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, pero que cuenta con información que no obre en poder de la autoridad fiscal, relativa a contribuyentes que han incurrido en tales conductas y que voluntariamente proporciona a la autoridad fiscal la información de la que pueda disponer legalmente y que sea suficiente para acreditar dicha situación. La identidad del tercero colaborador fiscal tendrá el carácter de reservada en términos del artículo [69](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-69) de este Código.

El tercero colaborador fiscal podrá participar en los sorteos previstos en el artículo [33-B](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-33-b) de este Código, siempre que la información y documentación que proporcione en colaboración de la autoridad fiscal sean verificables. Asimismo, en la lista definitiva que se publique en términos del artículo [69-B](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-69-b), cuarto párrafo del presente Código, serán identificadas las empresas que facturan operaciones simuladas que se hayan conocido en virtud de la información proporcionada por el tercero colaborador fiscal.

## Historial de reformas

- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC, verificado contra la fuente oficial el 2026-07-31 (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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