# Artículo 157 — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 157, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2013-12-09
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx)
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-157
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=223 (página 223)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

Quedan exceptuados de embargo:

**I.** El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y de sus familiares.

**II.** Los muebles de uso indispensable del deudor y de sus familiares, no siendo de lujo a juicio del ejecutor. En ningún caso se considerarán como de lujo los bienes a que se refieren las demás fracciones de este artículo, cuando se utilicen por las personas que, en su caso, las propias fracciones establecen.

**III.** Los libros, instrumentos, útiles y mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión, arte y oficio a que se dedique el deudor.

**IV.** La maquinaria, enseres y semovientes de las negociaciones, en cuanto fueren necesarios para su actividad ordinaria a juicio del ejecutor, pero podrán ser objeto de embargo con la negociación en su totalidad si a ella están destinados.

**V.** Las armas, vehículos y caballos que los militares en servicio deban usar conforme a las leyes.

**VI.** Los granos, mientras éstos no hayan sido cosechados, pero no los derechos sobre las siembras.

**VII.** El derecho de usufructo, pero no los frutos de éste.

**VIII.** Los derechos de uso o de habitación.

**IX.** El patrimonio de familia en los términos que establezcan las leyes, desde su inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

**X.** Los sueldos y salarios.

**XI.** Las pensiones de cualquier tipo.

**XII.** Los ejidos.

**XIII.** Los depósitos que una persona tenga en su cuenta individual de ahorro para el retiro, incluidas las aportaciones voluntarias y complementarias hasta por un monto de 20 salarios mínimos elevados al año, conforme a lo establecido en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

## Historial de reformas

- 2013-12-09 (Edición oficial del 09-12-2013): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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