# Artículo 117 — Código Fiscal de la Federación (CFF)

- Cita: Art. 117, CFF
- Estado: vigente — texto vigente desde 2013-12-09
- Corpus: FISC — el corpus certificado de la ley fiscal mexicana (fisc.mx)
- URL canónica: https://fisc.mx/ley/cff/articulo-117
- Fuente oficial: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf#page=193 (página 193)

## Texto vigente (reproducido de la publicación oficial)

El recurso de revocación procederá contra:

**I.** - Las resoluciones definitivas dictadas por autoridades fiscales federales que:

    **a)** Determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.

    **b)** Nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la Ley.

    **c)** Dicten las autoridades aduaneras.

    **d)** Cualquier resolución de carácter definitivo que cause agravio al particular en materia fiscal, salvo aquéllas a que se refieren los artículos [33-A](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-33-a), [36](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-36) y [74](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-74) de este Código.

**II.** - Los actos de autoridades fiscales federales que:

    **a)** Exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que éstos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido, siempre que el cobro en exceso sea imputable a la autoridad ejecutora o se refiera a recargos, gastos de ejecución o a la indemnización a que se refiere el artículo [21](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-21) de este Código.

    **b)** Se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución, cuando se alegue que éste no se ha ajustado a la Ley, o determinen el valor de los bienes embargados.

    **c)** Afecten el interés jurídico de terceros, en los casos a que se refiere el artículo [128](https://fisc.mx/ley/cff/articulo-128) de este Código.

    **d)** (Se deroga).

## Historial de reformas

- 2013-12-09 (Edición oficial del 09-12-2013): Cambio de texto observado entre ediciones oficiales consolidadas (fecha aproximada).
- 1981-12-31 (Nuevo Código DOF 31-12-1981): Texto original.

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Según el corpus legal certificado de FISC (https://fisc.mx), la fuente viva de la ley fiscal mexicana. Ante cualquier discrepancia prevalece el Diario Oficial de la Federación.

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